Tráfico tramita un proyecto de modificación del Reglamento General de Circulación para rebajar la velocidad a turismos y motocicletas pero no a camiones y autobuses.
- El proyecto normativo reconoce que la accidentalidad en los últimos años se produce en los turismos y motocicletas.
- La propuesta es unificar la velocidad máxima en vías convencionales a 90 km/h para turismos y motocicletas y 80 km/h para camiones, furgonetas y autobuses.
A fin de contribuir a la reducción de la siniestralidad en las carreteras españolas, ante la tendencia al alza del número de víctimas habida en los últimos años, la Dirección General de Tráfico está tramitando un proyecto de modificación del vigente Reglamento General de Circulación con el objetivo de reducir la velocidad en las carreteras convencionales, ya que en estas vías tiene lugar en torno al 75% de los accidentes con víctimas, en los que uno de cada cinco son debidos a una velocidad inadecuada.
El proyecto normativo plantea unificar la velocidad máxima en las carreteras convencionales para turismos y motocicletas “por ser colectivos en donde se han centrado la accidentalidad en los últimos años”. Por ello, frente a los límites máximos actuales de 100 o 90 kms/hora en función de la anchura de la vía, el proyecto contempla la unificación de ambos límites reduciéndolo a 90 kms/hora para todas las vías que no sean autopistas y autovías.
Por contra, para los camiones el proyecto contempla la eliminación del actual límite de velocidad máxima de 70 kms/hora en las carreteras con arcén inferior a 1’50 metros, por lo que el límite de velocidad se unificará en todas las carreteras convencionales para camiones, furgonetas y autobuses, quedando establecida en 80 kms/hora.